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Año: 1980, Fallos: 302:1429 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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SERVICIO MECANICO TOMFER SCARAMUCCIA y Cia.

v. HORACIO PAULUS RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias, Procedencia del recurso, Defectos en la fundamentación nor- —matica, Si bien las cuestiones atinentes a la regulación de honorarios so, como principio, ajenas a la instancia extraordinaria, ello no impide a la Corte Suprema conocer en el caso y dejar sin efecto la sentencia que arbitraria mente prescindió de la ley arancelaría aplicable a la litis —arts. 21 y 2 de la ley 8904 de la Provincia de Buenos Aires— por considerarla contisGatoría, sin que dicha norma haya sido impugnada como inconstitucional por las partes (1).

S.A. FABRICA DE CALZADO SAN LUIS LC, y F. v. PROVINCIA DE SAN LUIS RECUNSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestimes no federales. Inferpretación de normas y uetos locales en general.

Es improcedente el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que —por entender que no mediaban los extremos necesarios para la procedencia de la acción— rechazó la demanda incuada por expropiación inversa.

Ello así, pues el asunto versa sobre cuestiones de hecho, prueba y de derecho local, resueltas por el a quo con argumentos del mismo caricter, los cuales, más allá de su acierto o error, prestan a lo decidido sustento bastante y excluyen la tacha de arbitrariedad (2),

MIGUEL BORRA
JUMISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia penal. Lugar del delito.

Los delitos cuya ucción comisiva se ha desarrollado en diversos lugares han de estimarse cometidos en todos ellos, entre los que habrá de elegirse se0) 2 de diciembre, Fallos: 296:590 ; 297:452 : 208:728 .

2) 2 de diciembre,

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:1429 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-302/pagina-1429

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