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Año: 1980, Fallos: 302:691 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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SUPERMERCADO AIELLO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso.

Fundamento, Es improcedente —por carecer de la adecuada fundamentación— el recurso estrao'dinario deducido contra la sentencia que confirmó la multa impuesta al recurrente por infringir lo dispuesto en los arts. 52 y 138 de la ley 20.744, pues el agravio se fundamenta en que los supuestos empleados que motivaron la infracción no eran tales por cuanto se encontraban cumpliendo ta= weas a prueba, sin hacerse cargo del argumento que sustenta el fallo —que ha Ley de Contrato de Trabajo y el Convenio Colectivo No 130/75 90 contemplan el período de prueba (1).


HUGO ALFREDO ARROJO y HECTOR LANZILLOTA
JUMISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia, Intervención de la Corte Suprema.

De acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Código de Procedimientos en Matera Penal y el art. 197 de la Ley de Aduana, corresponde a la Camara Federal de Apelaciones de La Plata dirímir la cuestión de competencia susciada entre el Administrador de la Aduana y el Juez Federal —ambos de esa ciudad— para disponer acerea de la tenencia de dos automotores afectados a un sumario por contrabando que tramita ante la mencionada autoridad administrativa, investida en el caso de poderes jurisdice cionales (art. 196, párrafo primero, inc. b), Ley de Aduana, sustituido por la ley 21,898) (2).

) 53 de julio. Fallos: 295:00 , 691; 296:693 , 2) 3 de julio. Fallos: 244:489 ; 246:237 , 311; 247:436 ; 265:234 ; 279:40 .

280:206 ; 292:312 ; 298:50 ,

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:691 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-302/pagina-691

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