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Año: 1984, Fallos: 306:1047 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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| DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 1047
JUAN JOSE ABRUZA y OTROs v. NACION ARGENTINA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propio:. Cuestión federal. Cuestiones =— Te inten Creación de tericies federalas="= ——= e" TU TT Procede el recurso extraordinario cuando se ha puesto en cuestión la validez de una ley nacional —art. 11 de la lev 18.037, modificado por la lev 19.304 y mediar decisión contraria a dicha validez tinc, 19 del art. 14 de la ley 48).

KECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos jormales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad.

Si la sentencia que se impugna ha considerado y resuelto la cuestión federal —en el caso, inconstitucionalidad del art. 11 de la ley 18.037 modificado por la ley 19.304—, resulta inoficioso todo examen respecto de la forma v oportunidad de su introducción y mantenimiento en el proceso.

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes racionales, Comunes.

Corresponde confirmar la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del art. 11 de la ley 18,037 modificado por la ley 19.304, y ordenó la devolución de las sumas que les fueron retenidas a los actores en concento' de contribución patronal sobre la llamada "bonificación compensatoria", pues las mismas razones expuestas por el legislador para modificar el tratamiento de lo recibido en carácter de caja de empleados, concurren respecto de la bonificación compensatoria. Ello es así, pues ésta también reviste el carácter de retribución —de acuerdo con los términos de la ley 18.037— y resulta, por tanto, merecedora del mismo tratamiento asignado al resto de las retribuciones, conforme al sistema general previsto en la citada ley y a la reforma de la ley 19.304.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.

Originariamente todos los empleados de los casinos participaban en la distribución de los fondos provenientes de la Caja de Empleados, y luego cuando por decisión del Estado se revisó el criterio y se dispuso repartir aquélios sólo entre el personal de juego, se otorgó al resto de dicho personal la bonificación compensatoria para evitar el perjuicio derivado de la aludida limitación. En consecuencia, corresponde confirmar la «sentencia que declaró la inconstitucionalidad del art. 11, de la ley 18.037, modificado por la ley 19.304 y ordenó la devolución de las sumas que les fueran retenidas a los actores en concepto de contribución patronal sobre la llamada bonificación compensatoria pues, admitir la posición de la demandada im

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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:1047 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-306/pagina-1047

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