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Año: 1985, Fallos: 307:644 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DIRECCION NACIONAL Di VI ALIDAD
v. GALERIA DA VINCI SA.C.LE.LA.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requísitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa El apartamiento de los porcentaes establecidos por la ley 21.839, configura un supuesto de arbitrariedad. Ello es así, pues, sin perjuicio de las reducciones que pudieran corresponder por aplicación de las restantes normas de la ley araneclaría que así lo autoricen tver. arts. 4, 37. 34), el margen de discrecionalidad que los jueces disponen en la matería no puede derivar en la aplicación de un porcentaje que se aparte de los extremos dados por la ley (1.

RECURSO EXTRAORDINARIO Reauisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Proc edencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.

Corresponde dejar sin efecto la regulación practicada al perito arquitecto que se desempeñó por la demardada ante el Tribunal de Tasaciones, si no se respetó el mínimo previsto 2n el decreto-ley 7887/55 (actualizado según la lev 21.165).


MARIA ANTONIA SANCHEZ DI GOMEZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Exceso ritual manifiesto.

Es violatorio del derecho de defensa y corresponde dejar sin efecto el pronunciamiento que desestimó por extemporáneo el recurso local de plena jurisdicción interpuesto contra el decreto por el cual se denegó la petición de 1 parte actora para que

del teneficio hasta su presentación en los estrados judiciales, sin pronunciarse sobre la incidencía que podrían tener para la suerte de la petición las presen1) Fallos: 306:1265 .

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Año: 1985, CSJN Fallos: 307:644 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-307/pagina-644

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