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Año: 1986, Fallos: 308:176 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MARIA ALICIA PEREZ GIGARRAN DE MARISCAL RIVAS

SUPERINTENDENCIA. . - -
La determinación de los requisitos de idoneidad que deben reunir los aspirantes a los efectos de su nombramiento o promoción en cada fuero o jurisdicción, es materia de superintendencia directa de las Cámaras de Apelaciones, sin que pueda —en principio— reverse por la Corte Suprema, a menos que medie, manifiesta extralimitación o arbitrariedad (1).

SUPERINTENDENCIA.
La avocación —sólo admisible en casos excepcionales—, es improcedente contra la resolución de Cámara que rechazó el recurso de una empleada, interpuesto contra la acordada de aquélla, por la que se dispuso la designación de otro agente del mismo tribunal.


MIGUEL BOMPAROLA v. MINISTERIO per INTERIOR
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de otras normas y actos federales.

Procede el recurso extraordinario cuando se ha puesto en tela de juicio la validez de un acto de autoridad nacional —en el caso, una resolución ministerial— y la decisión ha sido contraria a las pretensiones de la apelante. EMPLEADOS PUBLICOS: Nombramiento y cesación. Cesantía.

Si bien es cierto que las atribuciones judiciales no pueden llegar al control de los jueces sobre cualquier sanción disciplinaría impuesta a los servidores del Estado, ya que es sin duda indispensable que cl órgano administrativo cuente con una facultad de libre apreciación de las faltas, corresponde admitir la intervención de la justicia cuando se ciñe a inves- tigar si en la imposición de medidas de la gravedad de la aplicada en el - caso —cesantía— se hizo uso ilegítimo o abusivo de las normas con arreglo a las cuales deben ejercerse las atribuciones otorgadas, conculcándose así derechos constitucionales del agente. Corresponde confirmar 3) 26 de febrero Fallos: 204:243 ; 268:20 , 48..

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:176 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-308/pagina-176

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