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Año: 1986, Fallos: 308:360 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Protección integral de la familia. - .

° La necesaria tutela del matrimonio, de la maternidad, y en síntesis, de la familia, ha sido consagrada en la "Convención Americana sobre Derechos Humanos", conocida" también como "Pacto de San José de Costa Rica", art. 17, ratificada por nuestro Congreso de la Nación según ley 23.054 y adquirió virtualidad jurídica. interna con tal motivo, conforme al art. 31 de la Constitución Nacional.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL DE LA CORTE SUPREMA
Suprema Corte: . Contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (fs. 208/210), que revocó la de la instancia anterior (fs. 186/198), rechazando la demanda por despido indirecto, interpuso la actora recurso extraordinario (fs. 215/227), cuyo traslado fue contestado (fs. 232/238), y, denegado por el tribunal a quo (fs. 239), dio origen a la presente queja. Poo En sub lite la actora hizo denuncia del contrató de trabajo aduciendo justa cáusa y reclamó las pertinentes indemnizaciones.

Sostuvo al demandar, que la injuria laboral que motivó su decisión vino dada, por un lado, al excluirla la empresa, en razón de su maternidad y licencias requeridas al. efecto, de los aumentos, que con carácter general se otorgaran a todo el personal durante el período de su receso en la Compañía, y por otro, al disminuirla en su categoría profesional cuando se reintegra a sus tareas, ya que las actividades que se le asignaron, fueron de menor jerarquía y responsabilidad, excediendo el empleador las atribuciones quepudo ejercitar con sustento en el ius variandi, L

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El inferior destacó, según el informe del perito contador, que Ja accionante percibió en junio de 1981 (mes de reintegro), el mismo sueldo que cobrara en noviembre de 1980 (último mes traba

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:360 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-308/pagina-360

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