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Año: 1986, Fallos: 308:357 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DELFINA ROSA LOPEZ

JUBILACION Y PENSION.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que había denegado la jubilación por invalidez por estar incapacitada la solicitante al tiempo de la afiliación —art. 20 de la ley 18.038— y no hizo lugar a la jubilación para minusválidos vor no estar acreditados los requisitos exigidos por la ley 20.745. Ello es así, pues el dictamen del Cuerpo Médico Forense declaró capacitada a la solicitante al tiempo de afiliarse al Régimen de Trabajadores Autónomos, y, a pesar de reconocer que tenía un porcentaje importante de incapacidad, entendió que no era impedimento para realizar las tareas de atención de un comercio no advirtiéndose motivos valederos para apartarse de las conclusiones de dicho informe (1).

La RAUL LOPEZ RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente. Resulta arbitraria la sentencia. que declaró la inconstitucionalidad del art. 46 del decreto 1645/78 y el decreto 434/81 y ordenó el pago de las diferercias de haberes por un período determinado. Ello es así, pues asiste razón al recurrente cuando afirma que es producto de la pura voluntad de los jueces el no haber expresado el fundamento de tal cri terio que excluye las diferencias por el tiempo anterior, como así tam bién que la elección de la fecha indicada como punto de partida para el cobro de las diferencias (2 de octubre de 1980), responde a tomar en cuenta la prescripción del art. 82 de la ley 18.037 —t.o. 1976— y que los jueces resolvieron extra petita al decidir la cuestión no introducida en la causa, incurriendo la misma tacha de arbitrariedad -lo concerniente a la otra de las fechas indicadas como límite (31 de marzo de 1982) (2).

(1) 20 de marzo. Causas: "Natale, Herminia s/jubilación por invalidez", del 29 de noviembre de 1984 y "Odella, Romilda Josefa s/jubilación por invalidez" del 17 de, diciembre de 1985.

2) 20 de marzo. .

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:357 
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