Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1989, Fallos: 312:1814 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

- RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que omitió tratarla impugnación al art.

15 de la ley 17.310, siendo que la interesada atacó la validez de las normas que deterioran progresivamente su prestación y le hicieron perder la proporcionali . dad inicial (ley 14.069). RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.

La omisión de tratar la impugnación de la norma que estableció el congelamiento de los haberes de jubilación por un término inciertojustifica declarar la procedencia del recurso federal deducido, atento a la incidencia que esa disposición tiene en cuanto al reclamo de la jubilada. .


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 21 de setiembre de 1989.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por María Herminda Saques Moyano de en la causa Saques, María Herminda Moyano de . s/ jubilación", para decidir sobre su procedencia.

Considerando: 1 Que contra el pronunciamiento de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que al declarar la inconstitucionalidad de los arts. 49 y 53 de la ley 18.037, revocó la resolución administrativa apelada y ordenó al ente previsional reajustar el haber jubilatorio de la peticionaria en los términos y porel período que señala, la Comisión Nacional de Previsión Social y aquélla dedujeron sendos recursos extraordinarios que fueron concedidos el primero y desestimado el segundo. La queja deducida con tal motivo autoriza a disponer su acumulación en este acto.

2 Que los agravios de la beneficiaria de la jubilación suscitan cuestión federal bastante para su consideración en esta instancia excepcional, toda vez que remiten al examen de cuestiones sustancialmiente análogas a las resueltas por esta Corte en las causas A.491.XXI.

Achával, Carmen Rosa s/ jubilación", M. 687. XXI "Moreno Hueyo,

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

5

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1989, CSJN Fallos: 312:1814 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-312/pagina-1814

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 312 Volumen: 2 en el número: 312 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com