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Año: 1990, Fallos: 313:305 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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El producto se derramó en el camión y agredió. no sólo al Bonalac. sino también a otros elementos, entre cllos un envío de ropa de la empresa Etam que se había contaminado en grado tal que la firma dispuso su retiro de la venta. Este hecho. según denuncia. trató de disimularse por cl transportista cuando advirtió el fuerte olor mediante su limpieza en una tintorería. El episodio se repitió con los Laboratorios Ewe

S.A.
Pasa Juego a analizar la responsabilidad de ambas codemandadas. En lo atinente a Transportes Mil Millas destaca que operó en abicrta contravención con lasdisposiciones vigentes en la matcria, las que prohíben el traslado de plaguicidas conjuntamente con alimentos. conducta que se agrava con la asumida posteriormente cuando advirtió el derrame. En este sentido, en lugar de haber adoptado la razonable decisión de devolver las encomiendas o hacer saber el hecho a sus propictarios. trató de disimular cl percance y. loquecs aún peor. entrególas latas de Bonalacal hospital. algunas deellas manchadas en el exterior e impregnadas de un fuerte olor, sin advertir siquiera al receptor de su estado.

Por su parte, la actitud de la Provincia de Jujuy es también culposa cuando sus dependientes procedieron a la recepción sin observación del producto y luego lo administraron a lactantes prematuros, que requieren un cuidado especial, a pesar de advertirel fuerte e inusual olor de la leche, tal como lo reconocen después de producido el lamentable hecho y surge de las declaraciones de las actuaciones policiales.

Aquella conducta, que califica de culpa grave, casi dolosa, le provocó un daño tremendo que pudo haberse cvitado de no mediar una sucesión de actos irresponsables como los narrados.

En ese sentido, destaca que en el momento en que se produjo el fallecimiento de los lactantes. la prensa propagó profusamentcelcpisodio. que. debidoa su propia naturaleza, conmovió a la opinión pública provocando el retiro de la venta de Bonalac no sólo en la Provincia de Jujuy sino en casi todas las demás. Así fue como su Secretaría de Salud Pública lanzó una advertencia ala población acerca del consumode la leche reproducida por el diario Pregón que. en lo sustancial, comunicaba que debía suspenderse la alimentación con cse producto, y similares recomendaciones realizaron la autoridad nacional y las de otros puntos del interior. Comoes de imaginar. expresa. la interdicción y el secuestro como la advertencia final de abstención. le provocaron un quebranto económico importante ya que no vendió Bonalac hasta que después de reiteradas gestiones se dispuso levantar la medida, la que en algunos departamentos de la provincia se Mantuvo un tiempo más. Finalmente, por resolución 130 del 28 de febrero de 1985, se dejó sin efecto la suspensión de venta. lo que se le notificó cl 6 de marzo pero sin darse a conocer al público.

Como consecuencia de todo lo expuesto y a raíz de los hechos culposos de ambas

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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:305 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-313/pagina-305

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