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Año: 1992, Fallos: 315:1465 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ingresaba la mercadería y la naturaleza de ésta, no resultaba posible establecer un valor normal en los términos del art. 3 de la ley 17.352 0, eventualmente, efectuar los reajustes de los arts. 8 y 9 de dicha ley, sino que exigía para su determinación alguno de los procedimientos dispuestos en el art. 16, para lo cual era imprescindible la manifestación exigida por el artículo 2", párrafo 1, del decreto 8942/65 y la resolución 8152/68.

7) Que, en consecuencia, resulta descalificable la interpretación efectuada por el a quo respecto del art. 167 de la Ley de Aduanas (t.o. 1962, ref. ley 17.138) en cuanto considera que no es aplicable la sanción ante el incumplimiento del deber de manifestar las circunstancias de la operación por el sólo hecho de haber denunciado un valor supuesto de la mercadería, en lugar de atender a las particularidades del caso en el cual, el valor denunciado se refiere a un precio inexistente de la mercadería y la circuns- .

tancia que se omitió declarar constituye un elemento indispensable para determinar el valor de aduana. - Por ello, se hace lugar al recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada. Notifíquese y devuélvase.


CARLOS S. FAYT - JuLIOS. NAZARENO.
N . .


DISIDENCIA. DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE SEGUNDO DOCTOR DON RODOLFO C. BARRA

Y DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ANTONIO BOGGIANO
Considerando: 1) Que la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, al confirmar el pronunciamiento dictado por el Tribunal Fiscal de la Nación, revocó la multa impuesta por la Administración Nacional de Aduanas a la firma Warner Bros Seven Arts (South) Inc.. Contra esta decisión, el organismo estatal interpuso el recurso extraordinario que fue concedido.

2) Que la presente causa se originó como consecuencia de la declaración formalizada ante la Aduana por la aludida empresa en ocasión de introducir al país una determinada cantidad de copias de películas para su

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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:1465 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-315/pagina-1465

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