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Año: 1992, Fallos: 315:2954 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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SILVIA G. BIGNONE
SUPERINTENDENCIA. - -
La imposición del art. 8°, inc. ¡), del Reglamento para la Justicia Nacional de no ejercer profesiones liberales tiende a preservar el correcto desempeño del cargo impidiendo cualquier tipo de gestiones y trámites en beneficio de terceros en asuntos en que está interesado el servicio de la justicia (1).

SUPERINTENDENCIA. .
Corresponde autorizar a la peticionante a desempeñar -fuera de su horario de tarcas habituales- su profesión de psicóloga, teniendo en cuenta lo manifestado por ella, Sus buenos antecedentes y la conformidad que prestó su superior jerárquico direc—. to, con las recomendaciones de que la menor desitención de sus tareas implicará la revocación de la autorización y que su actividad deberá desarrollarse fuera del ámbito de los tribunales nacionales. .

NACION ARGENTINA (DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA) v. JORGE ROBERTO DUBIN RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones ante- riores a la sentencia definitiva. Juicios de apremio y ejecutivo. Es sentencia definitiva la dictada en un proceso de ejecución fiscal cuando el fisco recurrente no dispondrá en el futuro de otra oportunidad procesal para hacer valer sus derechos, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Varias. Corresponde dejar sin efecto la sentencia que rechazó la ejecución fiscal mediante la declaración de inconstitucionalidad de la ley 23.549 que instituyó el ahorro obli1) 15 de diciembre.

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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:2954 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-315/pagina-2954

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