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Año: 1993, Fallos: 316:97 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Prosiguen los Sres. Camaristas manifestando que el haber percibido el actor lasindemnizaciones de que se da cuenta en autos, corrobora las conclusiones arribadas.

Por último manifiestan que la sanción de la ley 23.716 (por error se dice 22.936) con la que se instituyó un régimen previsional de excepción a la ley 18.038, para el personal del buque ARA Bahía Buen Suceso incapacitado durante el conflicto del Atlántico Sur, y en que el actor está incluido, según lo consideran ambas partes, es la evidencia más demostrativa de que su haber previsional está regido por esa normativa y no por el régimen castrense.

—I— Considero que el recurso fue correctamente concedido en tanto se encuentran en juego inteligencias contrapuestas de normas federales art. 77 dela ley 19.101 y su similar dela 20.318) siendola interpretación asignada por el a quo contraria al derecho que en aquellas funda el recurrente (cfr. art. 14, inc. 3°, de la ley 48).

Examinado el derecho invocado y el conjunto de normas que lo constituyen y habida cuenta de las probanzas de autos, estimo que procede hacer lugar al recurso extraordinario inter puesto, por las razones que paso a desarrollar.

El actor fue convocadoa la prestación del Servicio Civil de Defensa alas 24 horas del día 23 de abril de 1982, mediante el decreto 807/82, art. 12, por pertenecer al personal civil del Comando en Jefe de la Armada Nacional (Servicio de Transportes Navales), en el cual se desempeñaba como Oficial Maquinista. (v. fs. 13/20). Se lo citó para embarcarse como 2° Oficial Maquinista en el Buque A.R.A. Isla de los Estados. El 26/4/82 viajó al teatro de Operaciones del conflicto en el Atlántico Sur, con otro personal derelevo. Peroal presentarse a bordo del buqueal que se lo destinó fue rechazado por el Capitán, motivo por el que debió quedarse en las Islas sin posibilidad de regreso al continente, tras lo cual se lo embarcó como 1er. Maquinista (oficial) en el transporte A.R.A. "Bahía Buen Suceso", buquequeal igual queel A.R.A.

Islas de los Estados, estaba en las |slas Malvinas como buque logístico.

v. idem y fs. 58).

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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:97 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-316/pagina-97

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