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Año: 1999, Fallos: 322:701 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MAYO

COMPAÑIA SWIFT ve LA PLATA S.A. FRIGORIFICA
v. PODER EJECUTIVO NACIONAL

RECUSACION. -
La circunstancia de que un Ministro de la Corte Suprema tenga un pleito pendiente contra el Estado Nacional, no permite presumir sin más su parcialidad al pronunciarse en un caso en que el Estado es parte, que no tiene relación alguna con la cuestión controvertida en aquel juicio.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 4 de mayo de 1999.

Autos y Vistos; Considerando:

1) Que en la presente causa el representante del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación recusa al doctor Carlos Santiago Fayt por tener pleito pendiente con el Estado Nacional.

2) Que en atención a lo informado por dicho juez, la recusación formulada es inadmisible. Ello es así pues el Estado Nacional, en los pleitos en que interviene, no defiende un interés desvinculado de los intereses generales de la comunidad. No es posible, por tanto, sostener la existencia de una confrontación subjetiva que permita presumir sin más —como surge del art. 17, inc. 3°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación— que el criterio imparcial de un juez de esta Corte pueda verse afectado para pronunciarse en el presente caso, que no tiene relación alguna con la cuestión controvertida por dicho juez en el pleito pendiente que se invoca.

3) Que, por las mismas razones, y el reconocimiento del señor magistrado en el sentido de que el nivel institucional y la naturaleza de la acción por él promovida no afecta en modo alguno su espíritu, ni influye ni puede influir en el ejercicio de sus funciones, corresponde

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:701 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-322/pagina-701

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