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Año: 1999, Fallos: 322:703 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.

Es arbitrario el pronunciamiento que, en virtud del principio in dubio pro reo, absolvió a la imputada del delito de homicidio agravado por el vínculo, si lo declarado por la encausada con relación a las circunstancias que rodearon al hecho se encuentra desvirtuado por pruebas legítimamente incorporadas al legajo —testimonios de vecinos, vistas fotográficas y el informe médico- que no fueron analizadas por el a quo.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.

Es descalificable el pronunciamiento que, en virtud del principio in dubio pro reo, absolvió a la imputada del delito de homicidio agravado por el vínculo, soslayando la opinión vertida por los médicos forenses en cuanto a la capacidad para delinquir de la acusada. .

BENEFICIO DE LA DUDA. .
La duda como fundamento de la absolución no exime de una adecuada consideración de los argumentos introducidos por las partes así como de la debida valoración de todas las pruebas regularmente incorporadas a la causa, sino que, por el contrario, supone dicha actividad. .

RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) el recurso extraordinario deducido contra el pronunciamiento que absolvió a la imputada con fundamento en el principio in dubio pro reo Disidencia de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Gustavo A. Bossert).


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

—I-

La Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal, el 30 de junio de 1997, declaró, mal concedido el recurso interpuesto contra la

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:703 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-322/pagina-703

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