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Año: 2005, Fallos: 328:1493 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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típica, ya que se cuestiona el alcance delas garantías consagradas en losarts. 18, 33 y 75, inc. 22, párrafo segundo, de la Constitución Nacional y la decisión ha sido contraria al derecho que el recurrente funda en aquéllas —art. 14, inc. 3° de la ley 48-.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Garantía deimparcialidad.

La Dedaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Declaración Universal de Derechos Humanos no establecen en forma expresa que la investigación y el juicio deban llevarse a cabo por órganos distintos; sin embargo, en líneas generales, indican que la persona sometida a un proceso tiene derecho a ser oída por un tribunal imparcial.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Garantía deimparcialidad.

La garantía deimparcialidad del juez es uno de los pilares en que se apoya nuestro sistema de enjuiciamiento, ya que es una manifestación directa del principio acusatorio y delas garantías de defensa en juicio y debido proceso, en su vinculación con las pautas de organización judicial del Estado.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Garantía deimparcialidad.

La imparcialidad del juzgador puede ser definida como la ausencia de prejuicios ointereses de éste frente al caso que debe decidir, tanto en relación alas partes comoala materia.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Garantía deimparcialidad.

Si bien podría argumentar se que la ausencia de prejuicios que implica laimparcialidad del juzgador —por lo menos con respecto a la materia— nunca sería absoluta, por las convicciones propias del juez en tanto hombre, ello no obsta a que se trate de garantizar la mayor objetividad posible de éste frente a la cuestión que deba resolver.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Garantía deimparcialidad.

Puede ver se la imparcialidad desde dos puntos distintos, uno objetivo y uno subjetivo: el primer enfoque ampara al justiciable cuando éste pueda temer la parcialidad del juez por hechos objetivos del procedimiento, sin cuestionar la per sonalidad, la honorabilidad, ni la labor particular del magistrado que se trate, mientras que el segundo involucra directamente actitudes ointer eses particulares del juzgador con el resultado del pleito.

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:1493 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-328/pagina-1493

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