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Año: 1888, Fallos: 33:165 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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discrecion que le confiere la Constitucion en estos casos, no pueden ser atacadas por inconstitucionales, pues los argumentos en este sentido tenderían á demostrar que no habría atili= dad pública en los otros que las motivan, siendo, por otra parte, un punto decidido por la Suprema Corte en sus fallos registrados en la página 311, temo 4", Série 1°, y página 67, tomo 6", Série 1 de la coleccion; y 7" Que tampoco sería obstáculo á la constitucionalidad de las leyes citadas, el que por ellas se autoriza la espropiacion de terrenos que no van á ser ocupados por la Avenida, y que, vendidos en seguida de realizada esta, van á dejar un provecho en favor de la Municipalidad, siendo por consiguiente en perspretiva de un negocio y no por la utilidad pública que se hace la espropiacion, pues tales provechos una vez indemnizados ámpliamente los propietarios, representan únicamente el mejoramiento producido por la Avenida proyectada, y la legitimidad de este provecho se demuestra por la disposicion del artículo 45 de la ley" de espropiacion de 1866 y decisiones de la Corte Suprema, púgina 168, tomo 11, Série 2, Por estos fundamentos: fallo no haciendo lugar 4 las escepciones deducidas en este juicio por la parte de la Sra, Isabel A.

de Elortondo, decla-ando que la Intendencia Municipal está debidamente autorizada por ley de Noviembre 4 de 1884, á espropiar toda la finca de la calle Perú números 14, 16 y 18, perteneciente á la demandada, por encontrarse afectada por la traza de la Avenida proyectada. En su consecuencia, comparezcan las partes á efectode nombrar los peritos que deberán avaluar el monto de la indemnizacion á pagarse por la espropiacion en el caso de no arribar á fijarlo de mútuo acuerdo, designándose el dia del primer juéves hábil siguiente 4 la ejerucion de esta sentencía, á la una dela tarde, Hágase saber notificindose con el original.

Andrés Ugarriza.

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Año: 1888, CSJN Fallos: 33:165 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-33/pagina-165

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