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Año: 2007, Fallos: 330:3249 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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jurisdicciones de derecho común competentes en cada Estado, con exclusión de toda jurisdicción especial, en particular militar".

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Medidas precautorias.

Si bien las resoluciones cuya consecuencia sea la obligación de seguir sometido a proceso criminal no reúnen, por regla, la calidad de sentencia definitiva a los efectos del art. 14 dela ley 48, detal principio corr esponde hacer excepción en los casos en los que dicho sometimiento podría provocar un gravamen de insuficiente, imposible otardía reparación ulterior, y cuando el recurso se dirige a lograr la plena efectividad de la prohibición de la doble persecución penal, cuyo rango constitucional ha sido reconocido por la Corte.

DERECHOS HUMANOS.
El derecho internacional humanitario y de los derechos humanos, en diversos tratados y documentos prescribe la obligación por parte de toda la comunidad internacional de "perseguir", "investigar" y "sancionar adecuadamente a los r esponsables" de cometer delitos que constituyen graves violaciones a los derechos humanos.

DERECHOS HUMANOS.
La positivización de los der echos humanos en el derecho internacional, como reaseguro de sus positivizaciones nacionales, es lo que hizo perder buena parte del sentido práctico del clásico debate entre positivismo y jusnaturalismo.

DERECHOS HUMANOS.
La consagración positiva del der echo de gentes en la Constitución Nacional permite considerar que existe un sistema de protección de derechos quer esulta obligatorio independientemente del consentimiento expreso de las naciones que las vincula y que es conocido actualmente dentro de este proceso evolutivo como ius cogens. Se trata de la más alta fuente del derecho internacional que se impone a los estados y que pr ohíbe la comisión de crímenes contra la humanidad, incluso en épocas de guerra. Noes susceptible de ser derogada por tratados en contrario y debe ser aplicada por los tribunales internos de los países independientemente de su eventual aceptación expresa.


DELITOS DE LESA HUMANIDAD.
Corresponde confirmar la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del decreto 1002/89 —que había dispuesto el indulto del recurrente- pues existía, ala fecha de comisión de los actos, un orden normativo formado por convenciones

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:3249 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-330/pagina-3249

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