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Año: 2011, Fallos: 334:1239 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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forme circunstanciado que prevé el artículo 8 de la ley 16.986 con los alcances establecidos en el considerando 4", que deberá ser contestado en el plazo de treinta días (arg. artículo 9, ley 25.344). A tal fin líbrense sendos oficios al Ministerio de Salud de la Nación, y al señor juez federal de la ciudad de La Plata para su comunicación a los señores gobernador y Fiscal de Estado. Notifíquese por Secretaría a la actora, en su despacho al señor Defensor Oficial ante este Tribunal, y comuníquese al señor Procurador General.


ELENA I. HIGHTON DE NoLASCO — CARLOS S. FAYT — ENRIQUE SANTIAGO

PETRACCHI — CARMEN M. ARGIBAY.
Parte actora: Maximiliano Daniel Palacios, representado por sus padres Daniel Fernando Palacios y María Eva Flores, y con la representación promiscua del Defensor Oficial.

Parte demandada: Provincia de Buenos Aires.

Estado Nacional, representado por el Dr. David Fernando Montecchia, con el patrocinio de la Dra. Laura Marcela Paillet.

SWIFT ARMOUR S.A. ARGENTINA c/ E.N. Lev 25.732 Dro. 732/01
S/ PROCESO DE CONOCIMIENTO

RECURSO ORDINARIO DE APELACION.
No son susceptibles de recurso ordinario de apelación las sentencias dictadas en pleitos en los que se persigue un pronunciamiento meramente declarativo, que se limite a determinar la certeza del régimen jurídico pertinente en la situación de las partes, sin una condena patrimonial específica, tal como ocurre respecto de la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 1° y 4° de la ley 25.732 por medio de los cuales resultó derogada la exención del impuesto a la ganancia mínima presunta prevista en el art. 1°, inc. a del decreto 732/01.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 1° de noviembre de 2011.

Vistos los autos: "Swift Armour S.A. Argentina c/ EN - ley 25.732 dto. 732/01 s/ proceso de conocimiento".

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Año: 2011, CSJN Fallos: 334:1239 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-334/pagina-1239

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