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Año: 2023, Fallos: 346:538 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ria de la comisión ejecutiva nacional y todos los actos posteriores que de ella emanaron, incluido el acto eleccionario y rechazaron el recurso interpuesto por el ministerio de trabajo, no constituyen sentencia definitivas o equiparablesa tal en los términos del artículo 14 de la ley 48 Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA
Las sentencias de la Corte deben ceñirse a las circunstancias dadas cuando se dictan, aunque aquéllas sean sobrevinientes a la interposición del recurso extraordinario.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

CUESTION ABSTRACTA
Para instar el ejercicio de la jurisdicción de la Corte, tanto originaria como apelada, es necesario que la controversia que se intente traer a su conocimiento no se reduzca a una cuestión abstracta como sería la que pudiera plantear quien ya carece de interés jurídico susceptible de ser eficazmente tutelado por el pronunciamiento a dictarse.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

RECURSO EXTRAORDINARIO
La subsistencia de los requisitos jurisdiccionales es comprobable de oficio y su desaparición importa la del poder de juzgar.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DICTÁMENES DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

T-

A mi modo de ver, las cuestiones que se debaten en el sub lite encuentran adecuada respuesta en el dictamen de esta Procuración del

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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:538 
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