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Año: 1863, Fallos: 1:20 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Alegato ante la Suprema Corte.

Con estos antecedentes es que recurre Olero 4 la Suprema Corte de Jnslicia Nacional, pidiendo que se declaren nulas Jas úllimas providencias del Juzgado de Cemercio de la Provincia de Buenos-Aires, y se le ordene que proceda conforme 4 la Constitucion y al Código de Comercio, que es ley nacional.

Toda la cuestion, dice, queda reducida á lo siguiente: D. José M.

Nadal fué encargado de correr con los gastos de construccion de varios edificios en la barraca « Victoria, » recibiendo fondos muy escedentes para el pago de los materiales, jornales, ka., hasta su con clusion. Presentó cuentas muy irregulares, trató de quedarse con la barraca y sus productos sin pagar nada, y demandó ademas ingentes sumas por cargos imaginarios y supuestos.

Por sentencias ejecutoriadas se mandó que los arbitradores resolviesen sobre todos y cada uno de los cargos de yna y otra parte formando la respectiva liquidacion, y dando 4 cada uno lo que le correspondiere, con declaracion de no resolver únicamente sobre los cargos de Nadal, como éste lo pretendia, sinó precisamente sobre los de ambas partes, segun es de ley, haciendo la liquidacion.

En estos términos se otorgó la escritura de compromiso, y los Arbitros laudaron en discordia. El tercero sin ocuparse de mis cargos, sin hacer la liquidacion ordenada, y sin cumplir nada de lo dispuesto en las sentencias y en el compromiso, declaró por haber de Nadal la cantidad de 50,000 $ my/c. sin dar siquiera la razon de ello, dejando mis derechos 3 salvo para repelirlos como me conviniere, á pesar de tener 4 la vista la cuenta documentada de mis cargos, cuya suma asciende a 556,226 $ 5 ris., de los que 153,353 $ 2 rls. son nacidos de fraudes y dolo probados plenamente en juicio.

Pasada esta resolucion al Tribunal de Comercio, este decretó volviese al tercero para que resolviera sobre mis cargos y formara la liquidacion con arreglo al compromiso; pero, que préviamente eblase yo los 50,000 $ para ser entregados á Nadal. ¡Singular con

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Año: 1863, CSJN Fallos: 1:20 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-1/pagina-20

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