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Año: 1934, Fallos: 171:430 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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por el mismo tiempo y las costas del juicio, como autor del delito de homicidio perpetrado en la persona de Teótilo Prieto, hecho ocurrido el 27 de Marzo de 1922, en Colonia Escalante, jurisdicción de dicho Territorio, En la misma fecha fué confirmada, igualmente, la sentencia pronunciada por la Cámara Federal de Bahía Blanea, la que a su vez, confirmaba la dictada por el Juez Letrado del Territorio Nacional de la Pampa Central, que condenó a Gervasio Pildain, por los delitos: de cómplice de homicidio, lesiones graves, abuso de arma de fuego y robo en despoblado y en banda, a sufrir la pena de quince años de reclusión, accesorias legales y costas del juicio, Con fecha 30 de Noviembre de 1935 fué confirmada por la Corte Suprema la sentencia pronunciada por la Cámara Federal de Apelación del Paraná, la que confirmó, a su vez, la dictada por el Juez Letrado del Territorio Nacional de Misiones, que condenó a Marcelino Vasconcello a sufrir la pena de diez y seis años y seis meses de prisión, costas y accesorias legales, como autor del delito de homicidio perpetrado en la persona de Emilio López, hecho ocurrido en el Departamento Santa Ana, jurisdicción del expresado Territorio, el día 6 de Agosto de 1933.

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Año: 1934, CSJN Fallos: 171:430 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-171/pagina-430

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