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Año: 1937, Fallos: 177:380 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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consecuencia la procedencia del reclamo a la devolución de los aportes sin interés, Por ello y de acuerdo con el precedente dictamen del señor Procurador General, se revoca la resolución de fs, 19 en cuanto ha podido ser materia de reeurse.

Notifíquese y devuélvanse los presentes: Otfried Durn-' hofer, - Devolución de aportes bancarios.

AxToxIo Sagarxa — Luis LiNARES — B. A. NAZar AxCHOBENA — JUAN B. Terán.

RECURSO EXTRAORDINARIO: IMPROCEDENCIA —
OPORTUNIDAD — LEYES COMUNES,
Sumario: Habiéndose invocado la cuestión federal después de la sentencia definitiva, fundándose la actora en disposiciones del Código Civil, y en una ordenanza municipal, por interpretación y apliención de las enales ha sido resuelto el juleio, no procede el recurso extraordinario.

Juicio: Monteverde, Ricardo A., recurso de hecho en el juicio con la Municipalidad de la Plata, s. cobro de pesos.

Caso: Resulta de las piezas siguientes:


DICTAMEN neL Procunanor GENERAL
Suprema Corte:

Ni en el escrito de demanda (fs. 3), ni en el alegato de bien probado del actor (fas. 111), ni en la sen

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Año: 1937, CSJN Fallos: 177:380 
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