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Año: 1938, Fallos: 182:286 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ante el juez da la cansa. No exisfe, todavia, sentencia definitiva.

Pienso, pues, que aún sin haber llegado las copias que se pidieron relativas a fallos de la Suprema Corte Provincial, a que aludí en mi dictamen anterior, dispone ya V. E. de elementos de criterio suficientes para desechar, por ahora, el reeurso interpuesto. — Buenos Aires, noviembre 9 de 1938. — Juan Alvarez. .


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, noviembre 25 de 1938, Autos y Vistos: El recurso de hecho por denezación del extraordinario previsto en el art. 14 de la ley N" 48, que interpone el doctor José O. Casás contra la resoIución del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires que desnprueba las cuentas rendidas por la administración del ex gobernador don José Luis Cantilo y sus ministros, entre ellos el reenrrente, formula cargos y manda proceder judicialmente contra el mismo por cobro ejectitivo de pesos; y Considerando:

Que el Tribal de Cuentas aludido no es ni ha sido nunea parte integrante de la Magistratura Judicial de la Provincia; estaba previsto accidentalmente sin asignación precisa de funciones en la Constitución de 1889 art 141, ine. 17, sub-inciso 6"); no lo ineluye la ley orgánica de la administración de justicia entre los tribunales o funcionarios que reglamenta; la Ley de Contabilidad de 15 de enero de 1890 lo ineluye (Cap. XI) como parte de la organización administrativa que reglamenta; y la Constitución actual, vigente desde 1934,

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Año: 1938, CSJN Fallos: 182:286 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-182/pagina-286

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