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Año: 1939, Fallos: 183:182 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Juicio: Municipalidad de La Banda v. F. €, Central Argentino s, cobro de pesos (').

Caso: Resulta de los antecedentes prblicados en el tomo 182. pág, 203, y de las ordenanzas y del fallo que a continuación se transcriben Ordenanza General de Impuestos de la Wnnicipatidad de La Bando Año 1935 Art. 1 Él impuesto general corresponde u los servicios de riego, limpieza o extracción de basuras y eonservación y apertura de calles, los que serán pagados por todos los propietarios comerciantes e industriales y cnalquier otro que de ellos disfruten, ya sea en su totalidad o en parte, diaria o periódicamente, respondiendo la propiedad en tofo caso.

Art. ?° — El impuesto general a que se refiero el artículo anterior se fijará tomando enmo base la cantidad de metros lineales de frente sobre la calle que tenga cada propiedad según el padrón respectivo y se abonará mensualmente esté 0 no habitado de aenerdo a la escala que se determina en el párrafo de abajo.

El monto de los impuestos que deben pagar los propietarios u ocupantes se fija en:

Casas de Comereio, Industria y Profesiones, 1 zona. por cada metro lineal de frente , . . $ 0,32 ets ' zona, por cada metro lineal de frente . . . .. 027 ets P zona, por cada metro lineal de frente . . . ,, 0,22 ets Los talleres gráficos, de zapatería, de tintorería y demás en pequeña escala, serán considerados como casas de familia, a los efectos del pago de los impuestos de retribución de servicios.

Casas de familia 1 zona, por cada metro lineal de frente . . . $ 0,14 ets zona, por cada metro lineal de frente . . . ,. O/2ets Y zona, por cada metro lineal de frente . . .. 0.10 ets.

Art. 6 — Vencido el término de 60 días sin que el contribuyente haya abonado el importe de los impuestos, será 0 Pa izual sentido fué resuelto en la misma fecha el juicio seguide por el F, €, €, A, y, Comisión de Fomento de Corren, Provincia de Santa Fe,

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Año: 1939, CSJN Fallos: 183:182 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-183/pagina-182

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