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Año: 1939, Fallos: 185:195 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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conformidad con los principios expuestos en esta sentencia. Hágase saber, repóngase el papel y devuélvanse.

RoBerto Repetto — ANTONIO Sacarxa —— Luis LINARES — ó B. A. Nazar ANCHORENA — F. Ramos Mesía.


SERAPIO ORBE v. NACION ARGENTINA
ARMADA NACIONAL.
PENSION: Pensión militar.

El art. 15, título III, de la ley N° 4856 prevé el caso de inutilización para continuar la carrera militar a consecuencia de "enfermedades o defectos físicos"" producidos en servicio activo, mientras que la segunda parte del art.

17 del mismo título se refiere al caso de inutilización por °heridas recibidas" en actos de servicio, situación distinta de la considerada en la disposición citada en primer término.

ARMADA NACIONAL.
PENSION: Pensión militar.

El cabo de aeronáutica inutilizado para la continuación.

de su carrera por efectos de heridas recibidas en un accidente de aviación, en acto del servicio, tiene derecho al beneficio establecido en el art. 17, título TIT, de la ley N? 4856.


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, mayo 22 de 1939.

Y Vistos: Estos antos caratulados "Orbe Serapio contra el Gobierno de la Nación sobre reconocimiento de diferencia de pensión", de los que resulta:

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Año: 1939, CSJN Fallos: 185:195 
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