la suma de doscientos siete mil ochocientos cuatro pesos con ochenta y dos centavos moneda nacional, sus intereses desde la notificación de la demanda a estilo de los que cobra el Banco de la Nación Argentina y las costas del juicio en razón de ser la tercera vez que la misma cuestión se trae ante este tribunal. — Notifíquese, repóngase el papel y oportunamente archívese.
Rogerro ReretrO — ANTONIO SAGARNA — Luis LINARES —
B. A. Nazar ANCHORENA
T. Ramos Mesía.
PILKINGTON BROTHERS LTDA. v. NACION
ARGENTINA
IMPUESTOS: Repetición.
PAGO: Pago con protesta. Principios generales.
La protesta es un requisito indispensable para la procedencia de la demanda sobre repetición de sumas pagadas en concepto de impuestos.
IMPUESTOS: Repetición.
PAGO: Pago con protesta. Principios generales.
Por excepción la protesta es innecesaria cuando el pago ba sido hecho por error, sin mediar disposición que estableciera la obligación de hacerlo.
IMPUESTOS: Repetición.
PAGO: Pago con protesta. Principios generales.
No procede la repetición del impuesto aduanero ilegal e inconstitucional pagado sin protesta previa, aunque se alegue la ignorancia anterior del vicio que lo invalidaba.
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Año: 1940, CSJN Fallos: 188:381
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