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Año: 1941, Fallos: 189:181 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Que toda la cuestión nace de que el Sr. Juez Federal y el Sr. Juez provincial de primera instancia han considerado que la actividad delictuosa de Gurovici se ha desarrollado en una serie de actos constitutivos de delitos independientes, mientras el Tribunal de segunda instancia de Tueumán considera que se trata de un delito único, pero es el enso que el Sr. Juez Federal ha fallado ya en definitiva el juicio sobre falsificación de estampillas fiscales, sin que su jurisdicción haya sido discutida, y la sentencia ha pasado en antoridad de cosa juzgada.

Que en tales condiciones el presente juicio por hechos que han sido considerados independientes durante su secucla y de jurisdicción provincial, no puede pasar a conocimiento de la justicia federal para que ésta, reviviendo la calificación legal que ha hecho en una sentencia que hace cosa juzgada, dicte una nueva.

Que si la justicia provincial considera que los hechos que motivan el presente juicio constituyen un único delito y que este delito ya ha sido juzgado por la justicia federal, debe darle en su jurisdicción la solución legal que a su juicio corresponda a la situación ereada.

Por estos fundamentos y oído el Sr. Procurador General de la Nación, se declara que en el presente juicio debe seguir conociendo la justicia ordinaria de la Provincia de Tucumán a euyo Sr. Juez se remitirán los autos con conocimiento del Sr. Juez Federal. Notifíquese y devuélvanse.

Axtoxi0 Sacarxa — Luis LivanEs — F, Ramos Mrgía.

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Año: 1941, CSJN Fallos: 189:181 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-189/pagina-181

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