DE JUSTICIA DE LA NACIÓN pm días de dictada la misma, contra el fallo pronunciado por la Suprema Corte de la Provincia. .
JULIO D. MACHADO v. Cía. ARGENTINA DE
ELECTRICIDAD
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Ordenanzas municipales. >| TARIFAS: Electricidad.
El cobro efectuado n los consumidores por las compañías de electricidad por concepto de control de medidores, de acuerdo a lo establecido en las concesiones respectivas acordadas por la autoridad competente, es legal y no vulnera ninguna garantía constitucional. , CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstítucio- | nalidad. Ordenanzas municipales. , TARIFAS: Electricidad. DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Igualdad.
El art. 19 de la ordenanza N° 8028 de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, que establece la base del kilovatio, no es violatorio del art. 16 de la Constitueión Nacional.
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstituciomalidad. Ordenanzas municipales.
TARIFAS: Electricidad.
DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Inviolabilidad de la defensa en juicio. Jueces naturales.
El art. 13 de la Ordenanza N" 8028 de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, que autoriza a la compañía de electricidad a suspender, con intervención de la autoridad administrativa, el suministro de corriente a quien se atrasa en el pago, no es violatorio del art, 18 de la Constitución Nacional (°).
1) Fecha del fallo: diciembre 5 de 1941. (Ver Fallos: 159, 209; 164, 189).
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Año: 1941, CSJN Fallos: 191:365
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