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Año: 1942, Fallos: 192:437 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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EMPLEADOS PUBLICOS: Relaciones con el Estado.

El ejercicio por el P. E. de la facultad constitucional de nombrar Ñ remover a los empleados de la Administración, no se halla sujeto a la revisión de los jueces ni lesiona derechos privados susceptibles de reparación por intermedio de los tribunales de justicia, EMPLEADOS PUBLICOS: Itemoción, El deereto del P. E, que si bien reconoce la ilustración, capacidad y virtudes privadas de un funcionario, declara vacante el cargo desempeñado por el mismo, importa su exoneración o cesantía, y, como consecuencia, la privación del sueldo correspondiente, EMPLEADOS PUBLICOS: Nombramiento, — Remoción.

El nuevo nombramiento de nn empleado efectuado varios años después de su cesantía y como reintegro de funciones, ño le da derecho a exigir el pago de los sueldos correspondientes al período comprendido entre su separación del cargo que desempeñaba y su nueva designación,
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, julio 11 de 1941.

Y Vistos: Para resolver en definitiva este juicio seguido por Matilde Teresa Flairoto de Ciampi contra la Nación sobre cobro de sueldos; y Resultando :

Que la actora manifiesta que el año 1925 siendo reetora del Lievo Nacional de Señoritas núm. 1 de la Capital, y desempeñando además doce horas de Ciencias y Letras, pidió una amplia investigación al citado colegio la que terminó con un deereta del 11 de enero de 1926 por el cual se deelara vacante el rectorado del mencionado Lievo y se dispone su pase a la Inspección General de Enseñanza "para que le asigne tareas. ..", no obstante reconocérsele en el decreto aludido, ilus- ; tración, eapacidad profesional y virtudes privadas", Como del sumario levantado en dicho Liceo no se le corriera vista, a pesar de su solicitud, cuando cesó el gobierno del doctor Alvear volvió a insistir en su pedido pero, no obstante habérsele ella acordado, no le fué resuelto el pedido de

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Año: 1942, CSJN Fallos: 192:437 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-192/pagina-437

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