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Año: 1942, Fallos: 194:216 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Código Civil— Fallos: 36, 129; 187, 564; 188, 101; 191, 473.

En su mérito se decide: Hacer lugar al interdieto de recobrar la posesión interpuesto por la S. A. Pedro y Antonio Lunusse contra la Provincia de Buenos Aires, condenando, por consiguiente, a esta última a devolver a la netora la posesión del lote cuestionado, en el término de diez días. Con costas, Hágase saber, repóngase el papel y oportunamente archívese, Anto. 10 Sacarxa — Luis LiNanes — B. A. Nazar Axcuo

RENA.

CARLOS P. FELICE Y OTROS y. PROVINCIA

DE BUENOS AIRES

PERENCION DE INSTANCIA.
La circunstancia de que la demandada haya satisfecho durante el curso de la causa el capital reclamado por el actor en su demanda —que no fué iniciada para interrumpir la preseripción y comprendía, además, intereses y costas— no impide que se produzca la perención de la instancia por la paralización del trámite del expediente durante el plazo fijado por la ley 4550 (1), 1) 9 de noviembre de 194, Fallos: 161, 219; 193, 403,

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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:216 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-194/pagina-216

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