s PALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Airos, 21 de diciembre de 1942.
Autos y vistos: El juieio remitido a esta Corte por el señor juez federal doctor Jantus relativo a netividades de miembros de la Embajada Alemana, y Considerando:
Que esta Corte Suprema conoce de las entisas concernientes a embajadores 1 otros ministros diplomáticos del modo que una Corte de Justicia puede proceder con arreglo al derecho de gentes, según lo dispuesto por los arts. 100 y 101 de la Constitución Nacional y por el inc.
3 del art. 1" de la ley de 14 de setiembre de 1863 sobre jurisdieción y competencia de los tribunales nacionales, Que de nen. do con ese derecho de gentes los embajadores y ministros diplomáticos están exentos de la jurisdieción penal o civil del país ante el cual desempeñan sus funciones, pero, como es renunciable este priviJegio llamado de "extraterritorialidad" por designio expreso de los zobiernos a quienes representan, sueedo, que en verdad, se halla instituida en la República nna jurisdieción especial para los diplomáticos nereditados ante ella ala enal aluden los susodichos arts. 100 y 101 de la constitución. :
Que la jurisdieción así entendida comprende no sólo las enusas concernientes a embajadores, ministros públicos y cónsules extranjeros, sino también, y como necesaria garantía del más eficaz enmplimiento de sus funciones, n las de las personas que interran la legación, a los individuos de la familia y por fin a las enusas que pueden afectar a los sirvientes o domésticos de acuerdo
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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:418
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