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Año: 1945, Fallos: 202:149 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CASILDO B. DEMATEY v. NACION ARGENTINA
LEY DE SELLOS: Exenciones.

La exención del impuesto de sellos establecida por el decreto n? 10.586 del 28 de abril de 1944 no comprende a las actuaciones judiciales sobre reconocimiento y cobro de pensiones (1).


DICTAMEN DE PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

La parte actora peticiona en el "otro sí" del escrito de fs. 56/58 se le permita actuar ante V. E. en papel simple por entender estar autorizada para ello por el decreto 10.586/44 de 28 de abril de dicho año Bol. Ofic. de mayo 11/44, pág. 3) que exonera del pago del impuesto de papel sellado a las actuaciones seguidas para obtener el reconocimiento de derechos relacionados con las leyes del trabajo y previsión social. Sostiene que es de esta última naturaleza la ley sobre retiro militar cuya aplicación motiva la presente demanda, citando al efecto doctrina de V. E. en 192:250 .

Existe esa doctrina pero no es aplicable al caso porque el servicio militar no se rige por las leyes del trabajo.

El decreto 10586/44 aludido sólo se refiere a las leyes de previsión social vinculadas al trabajo, Lo comprueba terminantemente la expresa referencia hecha en su texto a las leyes sobre accidentes del trabajo y al Cód. de Com. en enanto legisla sobre los patrones y de— En la misma fecha se adoptó igual resolución en las causas seguidas por Ramón Sánchez y Eduardo A. Bundio contra la Nación.

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Año: 1945, CSJN Fallos: 202:149 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-202/pagina-149

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