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Año: 1945, Fallos: 202:430 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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>. had FALLOS DE LA CORTE SUPREMA En E DICTAMEN DEL Procuranor GENERAL E E Suprema Corte:

| A fs. 889 de esta enusa incoada por el H. Consejo ds Supremo de Guerra y Marina, consta que el defensor del General de Brigada (R. A.) D. Adolfo Salvador Esb píndola dedujo oportunamente excepción de incompe5 tencia y planteó al mismo tiempo cuestión de inconstiE tucionalidad, preparando así el recurso extraordinario x previsto en el art. 14 de la ley 48.

És Fundaba la primera, en que habiendo obtenido Eses píndola su retiro del ejército en 1944, no era posible pro+ cesarlo ante dicho Consejo por el delito de carácter E político base de la enusa (conspirar para la rebelión); E situación jurídica que, emanada de disposiciones de le las leyes 4707 y 9675 y del Cód. de Justicia Militar, no LE pudo a su juicio ser modificada válidamente por el deE ereto 1" 29.375/4 del P. E. Como fundamento de la E segunda —inconstitucionalidad del deereto n" 4952 del año 1943— sostuvo haberse integrado el H, Consejo a con dos vocales asimilados al grado de coronel, en vez e de serlo oficiales generales con arreglo al art. 59 del Ra código citado, tacha extensiva asimismo al Sr. Fiscal Ke General. Ambas fueron ratificadas por el defensor a fs. 1800; y a fs. 1872 y 1877 el propio Espíndola las amplió haciendo notar que la acusación había interpreE tado mal el art. 622 del Cód. de Justicia Militar, al e pedir pena de destitución y arresto, pues solamente La una de ellas podría aplicarse: o destitución sin arresto, e: O arresto con suspensión de empleo pero sin destitución.

e El H. Consejo dictó fallo (fs. 2013-2033) condenanE do a destitución y arresto; y es contra esa sentencia Ue

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Año: 1945, CSJN Fallos: 202:430 
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