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Año: 1947, Fallos: 207:78 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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F | 78 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
GODOY IHxos. Y OTROS v. PROVINCIA

DE BUENOS AIRES
NOTIFICACION.
No siendo posible la notificación personal o por cédula del mandante de la renuncia del mandatario, corresponde la publicación de edictos, que puede: hacerse por eineo días (1). °

EDUARDO GOMEZ
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Conflictos entre jueces.

El art. 39 del Cól, de Proceds, Crim., es una de las normas sancionadas por el Congreso de la Nación con la supremacía que establece el art. 31 de la Const. Nacional.

Con arreglo al mismo, que se aplica con preferencia a lo dispuesto por las leyes de las provincias, los jueces de éstas deben entrerar el procesado a los jueces de la Capital Federal enando éstos lo solicitan en la hipótesis prevista por dicho artículo.


DICTAMEN DEL PrOCURADOR GIENERAL
Suprema Corte:

El Sr. Juez del Crimen de San Nicolás, ante cuya jurisdicción tramita un proceso por defraudación se guido contra Eduardo Gómez conocido también como Carlos Angel Subiza o Eduardo Ledesma— no hizo lu gar a la extradición de éste solicitada por el Sr. Juez del Crimen de la Capital en otro proceso seguido contra el mismo inculpado por otro delito, a mérito de 1) Hide febrero de 147

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Año: 1947, CSJN Fallos: 207:78 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-207/pagina-78

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