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Año: 1947, Fallos: 208:10 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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EDISTRO M. CORREA v. MANUEL RODRIGUEZ
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de propiedad.

En caso de grave perturbación económica y social es lícita la reducción por el Estado de los alquileres y la prórroga de los contratos de locación. La rebaja de los arrendamientos que no priva de renta a los propietarios, aunque ella sea inferior a la de ciertos títulos de renta pública, es constitucional.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.

No contraría la garantía de la igualdad ante la ley la reducción de los alquileres impuesta sobre el monto de los cobrados en diciembre de 1942. Las desigualdades que pudieran resultar del es'ablecimiento de ese punto de referencia fijo y general están subsanadas por la facultad acordada a la Cámara de Alquileres de modificar los porcientos de rebaja en casos excepcionales debidamente justificados.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.

La excepción de las rebajas acordadas a los edificios nuevos no es inconstitucional, LEY DE SELLOS: Sellado aplicable.

Ratificado el decreto 9432 por la ley 12.922, con efecto retroactivo, la reposición de lo actuado debe practicarse con arreglo a lo dispuesto por el primero.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

De acuerdo con lo resuelto por V. E. en 204:401 , la remisión concreta a los capítulos de la demanda en los que se planteó la cuestión federal, constituye fundamento suficiente del recurso extraordinario interpuesto a

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Año: 1947, CSJN Fallos: 208:10 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-208/pagina-10

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