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Año: 1947, Fallos: 208:8 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MIGUEL SOTO v. S. A. BENEGAS HNOS, Y CIA. LTDA.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas. Distinta vecindad.

La cireunstancia de que una sociedad anónima domiciliada en la Cap. Federal según sus estatutos, tenga en una provincia su principal establecimiento no obsta a la procedencia del fuero federal que, por razón de la distinta vecindad, ha invocado en el juicio que le sigue un vecino de dicha provincia.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GFNERAL
Suprema Corte:

Ante la justicia ordinaria de Mendoza, D. Miguel Soto, vecino de aquella provincia, demandó por cobro de indemnizaciones de la ley 11.729 a la S. A. Benegas Hnos. y Cía. Ltda. y esta última opuso excepción de incompetencia, sosteniendo tener su domicilio en Bs.

Aires y tratarse de litigio entre argentinos. Desestimada esa excepción por fallo de la Cám. de Apel. en lo Civil, Comercial y Minas (fs. 148), tráese contra el mismo un recurso extraordinario, deducido por la demandada a fs. 153. Lo considero admisible, pues media denegación del fuero federai oportunamente invocado por la parte hoy recurrente.

La cuestión de fondo planteada estriba en decidir si una sociedad anónima, con domicilio legal en la ciudad de Bs. Aires, debe conceptuarse vecina de Mendoza por el hecho de tener en aquélla su principal establecimiento. V. E. ha resuelto que a los efectos del fuero, ello no basta ( 178:199 ; 184:181 ; 188:165 , entre otros). Por razón del lugar del contrato, podrán acaso tener juris

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Año: 1947, CSJN Fallos: 208:8 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-208/pagina-8

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