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Año: 1949, Fallos: 214:105 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucioEl art. 83 de la ley 12.908, que establece un régimen especial de indemnización o pe: dem tel pr jodas los em) lores en esa ie especi jo, no es violatorio del principio de igualdad, tanto menos euanto que se trata de una disposición transitoria correspondiente a cireunstancias de excepción,
SENTENCIA DEL JUEZ DE TRABAJO
Buenos Aires, junio 23 de 1948.

Y vistos: Este expediente para dictar sentencia, caratulado °Orloff Myrtel y otros v. diario "Hoy" por despido"" (Expte.

1622.0-1947), de los cuales resulta :

Los actores Myrtel Orloff, Adolfo Basso, Antonio Humberto Leguizamón, Renato Ciruzzi, Carlos Pío Cúneo, Félix Fernández, Raúl Wainschenker, Alberto Manuel Varela, Sergio Le Fort Peña, Saverio Daretino y Eduardo Baliari, acumulados en el expediente principal, y Juan Bautista Mora y Araujo, Augusto Romero Moutounet y Raúl Tomás Baliari, acumulados en el expediente 3213 (Bis)-M-1947 agregado por cuerda al principal y que han corrido el mismo trámite en aquél, se presentan demandando al diario °°Hoy" con domicilio en la calle Suipacha 419 por concepto de indemnización por despido según antigiiedad, falta de preaviso, doble indemnización según el deereto ley 33.302/45, vacaciones y diferencias de sueldos, con motivo de la situación de despido en que, por cierre del diario, se encontraron, habiendo recibido de la empresa cesante en sus actividades, indemnizaciones según el caso de cada uno pero que no aceptan como indemnización total sino a cuenta de la que les corresponde, y que es mayor según interpretan dichos actores las disposiciones legales que rigen la materia. De modo que demandan por sumas que, en cada caso, resultan de la diferencia existente entre la indemnización que recibieron y la que les eorresponde según su entender.

La demandada concurre a contestar, por apoderado que representa al Dr. Eustaquio A. Méndez Delfino, propietario del diario "Hoy en liquidación. .

En su responde pide el rechazo de la demanda en virtud de que la empresa del diario "Iloy"' cesó en sus actividades por pérdidas en el giro de sus negocios y haber indemnizado según

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Año: 1949, CSJN Fallos: 214:105 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-214/pagina-105

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