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Año: 1951, Fallos: 219:109 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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OSCAR A. PORCEL
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia dé finitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varios.

Ve improcedente el recurso extraordinario deducido contra la lución de la Cámara Fiscal de Apelación de la Prov.

de Buenos Aires ue revocó varias dectaiones de la. Direeción General de Tests que dmiteon los recurs de apelación y nulidad interpuestos —sin perjuicio ls iames Sun, considerados válidos para e xtacón oportuna uicio—, recurso extra- .

ordinario deducido e Tale Jada "admite el futuro conocimiento de la causa en su integridad por el Tribunal"; de donde resulta con clara Ca eZ Ne Cemirido e e an ete definitiva típica, poro permia a equis pues el único agravio insusceptible causa es la continuación del procedimiento, RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

La Srtiieión entro dica, ha ey rg Supremas mi .

supedi a extremos que requiere para j jo, tal como lo d el art. 95, úl de la ejercicio, dl ap. último,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 15 de marzo de 1951.

Vistos los antos: "Recurso de hecho deducido por Susana María Ana Pereda de Bary Tornquist en la causa Porcel Oscar A. denuncia sobre evasión de im- ° puestos por la sucesión de don Celedonio Pereda", para decidir sobre su procedencia.

Y considerando:

Que la precedente queja se trae a esta Corte a raíz de la denegatoria por parte de la Cámara Fiscal de

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Año: 1951, CSJN Fallos: 219:109 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-219/pagina-109

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