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Año: 1953, Fallos: 227:352 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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32 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
SOCIEDAD ANONIMA AGRICOLA GANADERA ESTAN-

CIAS DEL LITORAL CAMBÁ v. PROVINCIA DE
ENTRE RIOS
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Contribuciones e impuestos torales, Corresponde a la justicia local conocer en la demanda seguida por una sociedad domiciliada en la Capital Federal, por la que se persigue la repetición de un impuesto pr vincial, y se funda en la incorrecta aplicación del gravamen con arreglo a lo que se sostiene ser el régimen legal imperante en la provincia, No obsta a ello la circunstancia de haberse invocado asimismo en la demanda disposiciones de la Constitución Nacional = JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Principios generales.

Respecto de las causas en que se debate la validez de artos de las autoridades de provincia, y a los efectos de la competencia que el art. 55, inc, a), de la ley 13.998 atribuye a los jueces nacionales de primera instancia, son de aplicación los siguientes principios: 1) si se los impugna como contrarios a la Constitución Nacional u otra norma también nacional prevalente, la cansa puede ser llevada originariamente a la justicia nacional ; 2) si son impugnados como inconeiliables con la Constitución provincial u otra norma también provincial prevalente, el juicio debe transcurrir y fenecer ante los jueces de provincia; y 3) si se los ha impugnado como contrarios simultáneamente a normas nacionales y provinciales, la competencia originaría es también provincial —salvo el supuesto de que la referencia a cuestiones loenles fuese sólo marginal— sin perjuicio del nportuno recurso extraordinario ante la Corte Suprema con fundamento en los puntos federales comprendidos en el pleito.

JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Primcipins generales.

A los efectos de la competencia que el art. 55, inc. a, de la ley 13.098 atribuye a los jueces nacionales de primera

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Año: 1953, CSJN Fallos: 227:352 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-227/pagina-352

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