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Año: 1956, Fallos: 235:393 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia, Intervención de la Corte Suprema.

No ineumbe a la Corte Suprema la solución de las cuestiones de límites entre las provincias.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia territorial. Actos ilícitos, Dado que, por mediar una cuestión de límites interprovinciales y no haber en los autos elementos suficientes no es posible determinar qué provincia ejercía de hecho la Jurisdicción sobre el lugar donde ocurrieron los actos il i tos en que se funda la demanda sobre indemnización de daños, debe declararse competentes para conocer de ella a los tribunales del lugar del domicilio de la parte demandada.

Dicrames DEL PuocuraDOr GENERAL Suprema Corte:

Manero y Quirós", Sociedad de Responsabilidad Limitada, y Augusto Vignoni demandan a "Ledesma Sugar Estates and Refining Company Limited" por los daños y perjuicios que les habría oensionado la presunta comisión de diversos hechos ilícitos, por parte de personas que actuaban hujo indicaciones de esta última, en una fracción de campo que es de su propiedad, En materia ústa sobre que versa el presente juicio, V. E. tenía establecido a través de una larga jurisprudencia que el lugar donde ocurrió el acto ilícito que da origen a la acción civil es el que determina la competencia para juzgar el pleito (Fallos: 68, 76; 88, 206; 90, 38; 92, 195; 100, 342; 173, 367; 178, 25; 217, 307 y los allí citados; en contra: 103, 29) y en ella se inspiró la sanción del art. 49 de la ley 14.237. Pero, es el censo que la larga controversia de límites que mantienen las provincias de Salta y Jujuy, precisamente

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Año: 1956, CSJN Fallos: 235:393 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-235/pagina-393

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