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Año: 1957, Fallos: 237:320 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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el dere o de propiedad intelectual asegurado por la ley El simple error en la aplicación del derecho o en la ponderación de la prueba no constituye arbitrariedad (°).

PAULA SCHELD v. COLEGIO JANSSEN .

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la seutrucia definitiva, Vorias.

Con arreglo al principio de que la anulación de actuaciones no es sentencia definitiva a los fines del art. 14 de la ley 48, no procede el recurso extraordinario contra el fallo que: sin arbitrariedad y fundado en la existencia de violación a las normas esenciales del procedimiento establecido por el deeretoley 32.347/44 (ley 12.946) y en que resultaba afectada la garantía de la defensa en juicio, anuló las actuaciones de un embargo preventivo trabado con motivo del reclamo por diferencia de sueldos que se adeudarían a un docente partienlar.

La excepción admitida a dicho principio, para la ocasión en qu medien cireunstancias tales como la imposibilidad de la reiteración de las actuaciones, no es aplicable al enso (°).


ERNESTO SANCHEZ MERA
SUPERINTENDENCIA.
La cireunstancia de que el ex-secretario de un juzgado nacional, separado de su cargo el 31 de diciembre de 1949 por el entonces titular, haya sido designado posterior mente para otra función de mayor jerarquía, como la de Procurador Fiscal, hace innecesario que la Corte Suprema se pronuncie sobre el pedido de que se deje sin efecto aquella sanción.

> ° de marzo, 3) 22 de marzo.

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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:320 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-237/pagina-320

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