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Año: 1957, Fallos: 237:350 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DICTAMEN DEL Procuranon GENERAL
Suprema Corte:

La resolución apelada se funda en razones de carácter común y procesal, suficientes para sustentaria, con las que no guardan relación inmediata ni directa las que se invocan como de naturaleza federal.

Por lo tanto el recurso extraordinario interpuesto es improcedente y correspondería no hacer lugar a esta queja deducida por su denegatoria. Buenos Aires, 6 de marzo de 1957. — Sebastián Soler.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de marzo de 1957.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el demandado en la cansa Idzi Teodoro c/ Warenycia Meroslao", para decidir sobre su procedencia.

Y considerando:

Que la resolución apelada de fs. 63 de los autos principales, al declarar la nulidad de las actuaciones producidas "desde la resolución de fs. 46 v. inclusive", a fin de que se diera cumplimiento a la sentencia de desalojo ya dictada, ha venido a apartar, -implícitamente pero de una manera innegable, la aplicación del decreto 7563 en el que se había amparado el demandado después de decretado su desahucio. Además y como quiera que lo decidido por el auto apelado es cosa distinta a lo que fué objeto de recurso a fs. 56 vía. y 57, el juez a quo ha procedido de oficio, como no lo desconoce a fs. 70.

Que en tales condiciones el recurso extraordió:

rio deducido a fs. 66 ha debido concederse a fs. 70.

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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:350 
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