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Año: 1958, Fallos: 241:159 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MARIA ISABEL GUERRERO GRAMAJO DE ZEMBORAIN v. ELLAS
ROMERO —sucesión— RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas locales de proecúimientos. Costas y honorarios.

La cuestión atinente a si la fórmula que reslamenta el réximen de las costas en el Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial de la Capital udwite excepción para el enso en que, pese a haberse rechazado la petición de herencia, «e imponen aquéllas a la parte vencedora, por considerarse que el pleito fué consecuencia directa de la conducta del testador, es problema de naturaleza procesal, no desconorido para la doctrina especifica ('),
MONSEÑOR DOCTOR HORACIO GOMEZ DAVILA
PATRONATO NACIONAL.
Con las reservas que emanan de la Constitución y de las leyes dictadas con arreglo a ella respecto del Patronato Nacional, corresponde que la Corte Suprema preste su acuerdo para que el Poder Ejecutivo conceda el pase a In Bula por la que el Sumo Pontífice instituye Auziliar del Arzobispo de Córdobs a Monseñor Dr. Horacio Gómez Dávila, y le confiere la dignidad de Obispo Titular Teodosiopolitano en Armenia.


DICTAMEN DEL PuocURaDOR GENERAL
Suprema Corte:

El Poder Ejecutivo somete a consideración de V. E, a fin de dar cumplimiento a lo preseripto en el ine. $ del art. 86 de la Constitución Nacional, la Bula original dada en Roma el día 13 de junio de 1958, a la que se adjunta la correspondiente tradueción al enstellano, por la que Su Santidad el Papa Pío XII confiere n Monseñor Dr. Horacio Gómez Dávila la dignidad de Obispo Titular Teodosiopolitano en Armenia, designándole al mismo tiempo Obispo Auxiliar del Arzobispo de la Arquidióresis de Córdoba, Dado que con dicho nombramiento no aparecen afectados los derechos del Patronato Nacional, no encuentro inconveniente para que V. E., con las reservas de práctica que emanan de Ja Constitución y leyes vigentes sobre la materia, preste el acuerdo que se le solicita (eonf., entre otros, lo resuelto in re "Bula de S. 8. el Papa Pío XIT otorgando a S. E, Rvdmi, Monseñor Dr. m 11 de agosto.

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Año: 1958, CSJN Fallos: 241:159 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-241/pagina-159

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