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Año: 1960, Fallos: 246:202 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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L 202 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
Juez Nacional en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital.

BExsamíN VinLecas BasaviiBaso — AnistósuLo D. Aríoz De LamabrID — Luis María Borrr Boccero — Pevro ABerastury — Ricanno ColLomBRES. :

VICENTE AUTERIO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención de la Corte Suprema, Corresponde a la Corte Suprema declarar la competencia del tribunal que realmente la tenga, aunque la contienda se haya trabado sin-intervención del mismo (1).

JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia militar.

No corresponde a la justicia militar —ni a la federai— sino a la penal del lugar donde oenrrió el hecho, conocer del proceso por hurto instruído contra un suboficial de la armada, que habría cometido el hecho en lugar no sometido a la jurisdieción militar y fuera de actos de servicio (3).


S. A. EDISON
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Proredimiento y sentencia.

Es violatoria de la defensa en juicio la sentencia que condena al recurrente por infraeción al art. 2° de la ley 11.278, prescindiendo de un certifiendo entregado al tribunal antes de la fecha del fallo —eertificado que justificaba la entrega anterior de un escrito de descargo— y afirmando, aún, que no existió tal escrito. La sentencia aparece nsí fundada, erróneamente, en la inexistencia de una cireunstancia enya consideración hubiese podido variar el resultado del pronunciamiento,
DICTAMEN DEL ProctraDor GENERAL
Suprema Corte:

El estudio de las presentes actuaciones revela que con fecha 7 de julio de 1958 (v. cargo de fs. 21 vta.) el representante de 0) 20 de abril, Fallos: 216:650 ; 239:280 , 2) Fallos: 238:472 .

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Año: 1960, CSJN Fallos: 246:202 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-246/pagina-202

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