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Año: 1962, Fallos: 253:465 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MANUEL BELLO PEREZ v. ENRIQUE AVILA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales, Interposición del vecur0. Forma.

El reuno extordinario e< improcedente cuando ka sido condicionado al resultado de un pedido de aclaratoria formulado ante el tribunal de la enusa (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación: de normas locales de procedimientos. Doble instancia y recursos.

La omisión de convoeatoria a tribunal plenario no es recurrible por vía del art, 14 de la ley 48.

5. A. FRIGORIFICA Cía. SWIFT uz LA PLATA v. NACION ARGENTINA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones o federales.

Interpretación de normar locales de procedimientos. Casos varios.

Lo. atinente a la. pertinencia de la acumulación de procesos constituye materia ajena a la jurisdicción extrordinaria de la Corte.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. 'Cnestiones Yederales simples. Interpretación de las leyes federoles. Leyes federales de carácter procesal.

La cireunstancia de invoenrse normas de naturaleza federal no sustenta el recurso extraordinario, en tanto lo resuelto remite n los aspectos meramente procesales y de hecho de la causa, salvo que medie interés institucional suficiente que justifique la intervención de la Corte.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Gravamen.

La posibilidad de que se dicten sentencias contradictorias sólo configura un agravio potenci.l que no justifiea la upertura de la apelación extraordinaria.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 19 de setiembre de 1962.

Vistos los autos: "°Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Cía. Swift de La Plata, S. A. Frigorífica e/ Fisco Nacional", para decidir sobre su procedencia.

1) 19 de setiembre, Fallos: 245:107 .

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Año: 1962, CSJN Fallos: 253:465 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-253/pagina-465

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