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Año: 1965, Fallos: 263:346 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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BELLINO ANDREUTTE y. ENPRESO "CITY BELL" —Lísra =" 3— RECURSO ENTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales.

Interpretación de normas locales de procedimientos, Casos varios, Mediando cireunstancias sobrevinientes y pedido conereto y expreso de atmento, no existe óbice constitucional ala superación del monto reguerido en la oportunidad procesal pertinente. Ambas cirenstancias —hecho nuevo y solicitud de numento-— 01 de hecho y proce=ales, por lo común ajenas al recurso extraordinario, En eomecuencia, o habiéndose impugnado mi la naturaleza del hecho invocado como sobreviniente ni la realidad de la soliextud de su comsider: ción, la sola invocación de los arts. 17 y 18 de la Contitución Nacional no

JORGE 0, BENCHETRIT MEDINA y OTROs y PROVINCIA ve CORRIENTES KECUESO EXTRAORDINARIO: Regrisitos propios, Resolución contrario, La invalidución de una norma local, con fundamento constitucional, no da huzar a recurso estrzordinario por faltar la resolución contraria que reguiere eart. 1, ine, Y, de da ley 45.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos commnes, Cuestión justiviable, La cnestión referente n= an tribunal de provincia ha ejercido en ln enusa 1 ministerio de contormidad con las normas que gobiernan la administración de justicia en el ámbito local, es ejena al recurso extraordinario aun cnatido

RECURSO EXTRAORDINARIO: Repísitas nrovias, Cuestinos un federales, + Interpretación de uorm< » vetas Tocules em general.

La sentencia que, cor Mandamentos

DiCTaMEN DEL ProcrnaDoR GENERA.

Suprema Corte:

Mediante diversos decretos el Poder Ejecutivo de la Procia de Corrientes dispuso dar por terminadas las funciones. de varias personas que desempeñaban cargos docentes. Diez de ellas 1) 26 de noviembre. . e

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Año: 1965, CSJN Fallos: 263:346 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-263/pagina-346

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