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Año: 1969, Fallos: 274:230 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Contrataciones, en el caso de una contratación di si la enestión de batida versa sustancialmente sobre puntos de A no obstante que se invoquen también normas de derecho común, DiCTAMEN DEL Procenavon CUENERAL Suprema Corte:

Según resulta de la presente demanda y de las setuaciones administrativas acompañadas, la Dirección de la Energía de la Provincia de Buenos Aires contrató directamente con la firma Roque Di Meo, domiciliada en la Capital Federal, la provisión de determinados elementos mecánicos con destino a diversos servicios eléctricos provinciales, La firma mencionada no enmplió con las obligaciones ndquiridas y por tal razón las autoridades respectivas rescindieron el contrato, impusieron una multa a la empresa, la excluyeron por cuatro años de todos los registros de proveedores de la administración provincial y le hicieron cargo por la diferencia en más emergente de la compra a un tercero de los materiales de los que se trataba. Estas medidas fueron adoptadas sobre la base de diferentes normas del Reglamento de Contrataciones de la Provincia.

La acción que el estado aludido intenta ahora tiene por fin obtener el cobro de las enntidades de Ins que, con arreglo a lo expuesto, la firma Roque Di Meo sería deudora, y se funda en los arts. 1198, 1204, 521 y 576, concordantes y siguientes del Código Civil y en varias normas locales, entre ellas las del citado Reglamento de Contrataciones, Lo expresado revela que el vínculo que ligó a las partes contratantes era de carácter administrativo, como lo demuestra el régimen de derecho público al que queda sometido, y que la resolución de la causa remite al examen de cuestiones de dereecho local.

Es aplicable al caso, en consecuencia, la doctrina sentada en Fallos: 269:270 , en cuyo mérito opino que el presente juicio no es de competencia originaria de la Corte Suprema. Buenos Aires, 30 de junio de 1969. Eduardo H, Marquardt,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 30 de julio de 1969.

Vistos los autos: ° Buenos Aires, La Provincia e/ Roque Di Meo s/ cobro de pesos (m$n. 455.880)".

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Año: 1969, CSJN Fallos: 274:230 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-274/pagina-230

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