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Año: 1970, Fallos: 276:158 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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fetos su factura es de indudable procedera comunista, al supuesto que contcrgie eros Y ms que sean propias y caracterizantes de dicha idelogía v no cuando los utilicen comúnmente otras facciones.

Discrepo con el criterio del tribunal y comparto por el contrario el punto de vista del Fiscal de Cámara, toda vez que la posible coincidencia de postulaciones que pueda existir entre el Partido Comunista y otros grupos no obsta a considerar que una puperada realizada en tales circunstancias cuenta con la motivación ideológica que integra esa figura legal.

Por cso e que en el caso de autos la acción de los imputados encuadra en lo preceptuado por la disposición legal imerpretada. La mención del nombre del Partido Comunista al pie del panfleto glo sado a folios 5, unida al llamado al enfrentamiento que dicha agrupa ción propugna en su párrafo cuarto, y al apovo de ella a la movilización mencionada en el parrafo séptimo, completadas por la referencia a su prédica consecuente, no dejan lugar, + mi entender, para una duda razonable aceres de las motivaciones, objetivos y tácticas pro pias del movimiento comunista. Dentro de esas circunstancias, el he cho de repartir públicamente esos volantes constituye en mi apinión vna actividad proselitista realizula con indudable motivación ideoló gica comunista, Por lo expuesto entiendo que corresponde revocar la sentencia recurrida en cuanto ha sido materia del recurso extraordinario, Buenos Aires. 23 de septiembre de 1969, Eduardo HI. Marquaridt.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 1 de abril de 1970 Vistos los autos: "Verón, Salvador: Lavagna de Rivas, Alicia: Canavo, José: Lecler, Luis Alberto; De La Fuente, Carlos

Considerando:

1°) Que la sentencia de la Cámara Federal de Córdoba confir mó la de pri instancia que había sobreseido definitivamente a los o o Verón y Alicia Lavagna de Rivas. Contra aquel

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Año: 1970, CSJN Fallos: 276:158 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-276/pagina-158

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