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Año: 1970, Fallos: 276:160 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ANGEL. DIONISIO MATEO CHEZZI
PROCURADOR.
Corresponde denegar la solicitud de inscripción en la Matricula de Procurado1es de la Corte Suprema formulada por el profesional que registra un sobreseimiento definitivo por prescripción de la acción penal en una causa por estafa y tentativa de extosión (').


EDUARDO MORON ALCAIN
SUPERINTENDENCIA.
La compatibilidad de la función ¡ulicial con el ejercicio de la docencia u otras actividades no importa limitar las facultades de superintendencia y disciplinarías cuando los tribunales a los cunles éstas corresponden entienden que, en su desempeño, aquellas actividades afectan la circunspección y el decoro que debe evigirse a los funcionarios judiciales.

SUPERINTENDENCIA.
No corresponde admitir la avocación «ue solicita un Secretario de Juzgado a raiz de una sanción de multa que se le impusiera con motivo de haber efectuado declaraciones públicas consideradas pasibles de una medida disciplinaria por la Cámara respectiva, si al adoptar esa medida el tribunal mo incurrió en manifiesta estralimitación en el ejercicio de los poderes que le son propios, ni existen convenientes razones que hagan susceptible de revisión lo decidido,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 3 de abril de 1970.

Visto el precedente pedido de avocación interpuesto el se cretario del Juzgado Federal de Córdoba N° 2 Dr. Eduardo Morán Alcain, y Considerando:

19 según resulta de los antecedentes y circunstancias que cl cl aro que peu el De Maio Alan Cm e deral de Córdoba le confirió vista a raíz de su participación —con uso de la palabra— en un acto público organizado con motivo de un confio ucitado ere el Rec de de Uniceidod Necesl de y Colegio Nacional de Mi cua el Dr. Morón Alcain se desempeña. La providencia que decretó la CI) 2 de abril. Fúlln: 273:104 .

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Año: 1970, CSJN Fallos: 276:160 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-276/pagina-160

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