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Año: 1970, Fallos: 276:17 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ADELINA BASSI mx PEREZ L. v. CARLOS PACE
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso.

Es arbitrario y debe ser dejado sin efecto el fallo que contradice sus propios fundamentos e impone exigencias basadas en normas legales que no regían al tiempo de realizarse los actos de que se trata. En el caso, consideró la sentencia apelada que no se había opuesto oportunamente la defensa de prescripición de acuerdo con el nuevo texto del art. 3962 del Código Civil, no obstante que dicha defensa se artículó en la primera presentación posterior a la vigencia de la ley 17.711.


DICTAMEN DEL ProCuURADOR GENERAL
Suprema Corte:

El artículo 3962 del Código Civil di: ue la prescripción PEN etimmea preiant xa de reee su dano en el juicio que haga quien intente opunerla.

El reconoce que, en el caso, la primera presentación no pudo seo qee le desruls de la retemya qa que qe:

no existía esa exigencia—, y concluye que la cuestión ida en el caso por escrito de fala 29 de pú er Ctenpeniast pague:

anterioridad, se presentaron los escritos de 22 de mayo de 196 y 5 de junio del mismo año, sin oponer la excepción de prescripción.

O e a ee fe e 17.711 hallábase ya publicada CB.O. del 264-1969), aún no había entrado en vigencia, pues ello, de conformidad con el artículo 72 de dele dep, tuvo Tapoe el Ye de jalo de 106 y, portate, dl ea de 29 de julio es el primero que se presentó después de la reforma.

La sentencia, en cuanto declara lo contrario, se aparta, sin duda dele deci Te " dois Corresponde, en consecuencia, sin efecto, y se dicte nuevo pronunciamiento. Buenos Aires, 17 de diciembre de 1969. Eduardo 1H. Marquard.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 16 de febrero de 1970.

Vistos los autos: "Incidente de prescripción adquisitiva en jui

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Año: 1970, CSJN Fallos: 276:17 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-276/pagina-17

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